¿Qué ofrecemos con nuestros cursos homologados por el Ministerio de Justicia para el ejercicio profesional como mediador civil y mercantil?

Acceso multiplataforma
Aprende desde tu Pc, tablet o smartphone
Apuntes descargables
Materiales para imprimirlos si lo deseas
Exámenes
tipo test
Pruebas ágiles y objetivas para evaluarte
Formación especializada
Desarrolla conocimientos específicos e interdisciplinares
Tutor
personal
Para resolver todas tus dudas
Supuestos prácticos
Para que pongas en práctica lo aprendido
La mediación es
una disciplina esencial en
la resolución de conflictos
Nuestros cursos te permitirán desarrollar tu actividad profesional como mediador o mediadora en el territorio español e inscribirte en el Registro de Mediadores y Mediadoras del Ministerio de Justicia.
Han sido diseñados para proporcionarte una comprensión integral de los aspectos jurídicos, éticos y psicológicos que rodean la mediación civil y mercantil.
Fórmate a tu ritmo: Método 100% online
Con nuestros cursos en formato virtual, accesibles durante las 24 horas, los 365 días del año, podrás formarte a tu ritmo y lograr una certificación homologada que te permitirá desarrollar tu actividad profesional como mediador o mediadora en el territorio español.
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, establece que para ejercer la mediación se tiene que disponer de una formación específica, que se tiene que adquirir mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tienen que tener validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier lugar del territorio español.


Prácticas virtuales homologadas
Nuestros cursos de mediación cumplen con todos los requisitos para acceder al Registro Estatal de Mediadoras/es e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia del Gobierno de España acerca de:
Realizar un curso acreditado de mínimo 100 horas, siendo un 35% dedicadas a la práctica. En el caso de nuestros curso, y cumpliendo con la legislación, este 35% de las horas no se corresponde con prácticas en centros de trabajo, sino con la realización de ejercicios y supuestos prácticos de mediación, sin necesidad de realizar ninguna intervención presencial, ni virtual.
Según la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles y el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles por el que se regulan los requisitos para registrarse como mediador/a.
“Realicé el curso de Mediación Familiar para mejorar la atención al ciudadano ante problemas familiares en mi desempeño profesional como agente de la Policía Local y ha merecido la pena. Aporta conocimientos muy útiles”.
Alumno
